CIRCULAR SOBRE EL HORARIO ESPECIAL VERANO 2022 Y MÓDULOS APLICABLES EN NAVIDAD 2022-2023.
PORTAL de l@s EMPLEAD@S 20/05/2022 13:31
CIRCULAR 4/2022 DEL DIPUTADO DE EMERGENCIAS, RECURSOS HUMANOS Y RETO DEMOGRÁFICO. HORARIO ESPECIAL VERANO 2022 Y MÓDULOS APLICABLES EN NAVIDAD 2022-2023.
De conformidad con lo dispuesto en la Resolución de 28 de febrero de 2019, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos, y de conformidad con el acuerdo adoptado en la Mesa General de Negociación celebrada el día 19 de mayo de 2022 con los representantes sindicales, así como lo dispuesto en la legislación aplicable, se dicta la presente Circular que complementa la de fecha 30 de diciembre de 2021 (Circular 1/2022) para conocimiento y cumplimiento de los empleados de esta Corporación:
PRIMERO: Ampliar el apartado V de la Circular sobre el Calendario Laboral: “ Reducciones de Jornada Laboral”, de fecha 30 de diciembre de 2022, en el siguiente sentido:
Se establece durante el período comprendido entre el día 1 de junio y el 30 de septiembre una reducción de jornada de 30 minutos al día efectivamente trabajado, en relación con el horario de trabajo que tienen los funcionarios y el personal laboral fijo e indefinido no fijo. Dicha reducción podrá materializarse bien a la entrada o a la salida del centro de trabajo, sin afectar en ningún caso a la parte principal del horario.
Dicha reducción no podrá efectuarse en número superior a 56 días hábiles, dentro del período indicado.
Para el personal sujeto a horarios especiales o turnos, el tiempo anteriormente establecido se disfrutará en función de las necesidades de organización del trabajo y dentro de los límites señalados, y quedará reflejado en el programa de control de presencia con el código 1230.
El citado tiempo de reducción será recuperado en la forma que se determina en el apartado V de la citada circular de fecha 30 de diciembre de 2022.
La aplicación de lo contenido en la presente Circular, en ningún caso podrá suponer detrimento en la atención a los ciudadanos, quedando supeditado el disfrute en estos casos a las necesidades del servicio.
SEGUNDO: Los módulos correspondientes a las festividades de los días 24, 25 y 31 de diciembre de 2022 y 1,5 y 6 de enero de 2023 del apartado VI de la Circular sobre el Calendario Laboral: “Reducciones de determinadas festividades”, de fecha 30 de diciembre de 2022, queda en los siguientes términos:
El personal que preste servicios en los días que a continuación se relacionan, serán retribuidos, con los módulos indicados en la tabla siguiente, por el concepto de festividad, y según el grupo de pertenencia, al que correspondan:
| FECHA | SERVICIO (TURNO) | MÓDULOS 2022/2023 |
| 24-12-22 | MAÑANA | 2 MÓDULOS DE FESTIVIDAD |
| 24-12-22 | TARDE | 2 MÓDULOS DE FESTIVIDAD |
| 24-12-22 | NOCHE | 4 MÓDULOS DE FESTIVIDAD |
| 25-12-22 | MAÑANA | 3 MÓDULOS DE FESTIVIDAD |
| 25-12-22 | TARDE | 4 MÓDULOS DE FESTIVIDAD |
| 31-12-22 | MAÑANA | 2 MÓDULOS DE FESTIVIDAD |
| 31-12-22 | TARDE | 2 MÓDULOS DE FESTIVIDAD |
| 31-12-22 | NOCHE | 4 MÓDULOS DE FESTIVIDAD |
| 01-01-23 | MAÑANA | 4 MÓDULOS DE FESTIVIDAD |
| 01-01-23 | TARDE | 3 MÓDULOS DE FESTIVIDAD |
| 05-01-23 | TARDE | 2 MÓDULOS DE FESTIVIDAD |
| 05-01-23 | NOCHE | 2 MÓDULOS DE FESTIVIDAD |
| 06-01-23 | MAÑANA | 2 MÓDULOS DE FESTIVIDAD |
TERCERO: En todo lo demás, quedará subsistente el calendario laboral para el año 2022, de fecha 30 de diciembre de 2021 (Circular 1/2022).
En la fecha de la firma electrónica.
EL DIPUTADO DE EMERGENCIAS, RECURSOS HUMANOS Y RETO DEMOGRÁFICO.

