REDUCCIÓN HORARIO DE VERANO
En la Mesa General de Negociación del 19 de mayo se aprueba la reducción de la jornada de verano de 30 minutos entre los días 1 de junio y 30 de septiembre. Se aplica a los días efectivamente trabajados al inicio o final de la jornada laboral del trabajador y sin afectar en ningún caso a la parte principal de la misma. No podrá superar los 56 días hábiles dentro del período indicado. Para el personal sujeto a horarios especiales o turnos, el tiempo anteriormente establecido se disfrutara en función de las necesidades de la organización del trabajo y (más…)