COMISIÓN SERVICIO 2 SUPERVISORES PLANTA HOGAR PROVINCIAL

Convocatoria y bases del proceso de comisión de servicios de dos puestos de trabajo de Supervisor Planta (Hogar Provincial, RPT 47070)

Por Acuerdo de la Junta de Gobierno adoptado en sesión ordinaria celebrada el día 21 de julio de 2025, y en uso de las facultades delegadas a esta Junta de Gobierno por Resolución del Ilmo. Sr. Presidente número 3.402, de fecha 4 de agosto de 2023 (BOP núm. 155, de fecha 11 de agosto de 2023), se han aprobado la Convocatoria y las Bases que han de regir el procedimiento para el nombramiento en Comisión de Servicios de dos puestos de trabajo de Supervisor de Planta (Hogar Provincial, RPT 47070.2 y 47070.6), con arreglo a las siguientes:

«»BASES REGULADORAS DEL PROCEDIMIENTO DE NOMBRAMIENTO EN COMISIÓN DE SERVICIOS DE DOS PUESTOS DE TRABAJO DE SUPERVISOR DE PLANTA (HOGAR PROVINCIAL, RPT 47070.2 Y 47070.6)

PRIMERA. – OBJETO.

Las presentes bases tienen por objeto regir la convocatoria pública para cubrir, por el sistema de Comisión de Servicios, dos puestos singularizados de naturaleza funcionarial de Supervisor de Planta (Hogar Provincial, RPT 47070.2 y 47070.6), cuyas características se indican en el Anexo.

Dichos puestos de trabajo se encuentran actualmente ocupados por dos funcionarios de carrera que, previsiblemente, pasarán a la situación de jubilación forzosa en próximas fechas, por lo que resulta necesario someter dichos nombramientos a la condición suspensiva consistente en que los puestos en cuestión queden efectivamente vacantes antes de los nombramientos consecuencia del presente proceso.

SEGUNDA. – CARACTERÍSTICAS DEL PUESTO OBJETO DE ESTA CONVOCATORIA.

Son las que figuran en el Anexo de esta Convocatoria.

TERCERA. – REQUISITOS DE LOS FUNCIONARIOS DE CARRERA PARTICIPANTES.

a)     Podrán optar al puesto objeto de esta convocatoria, el personal funcionario de carrera de la Diputación Provincial de Alicante que cumpla con los requisitos que se señalan a continuación:

2 Supervisores de Planta (Hogar Provincial, RPT 47070.2 y 47070.6):

Personal funcionario de carrera de la Excma. Diputación Provincial de Alicante integrados en el Grupo C, Subgrupo C1, Escala de Administración Especial, y en posesión de la titulación de Formación Profesional FP II, Técnico Superior o equivalente en la familia profesional de Sanidad.

Podrán participar los funcionarios o funcionarias que se encuentren en la situación de servicio activo prestando servicios en esta Diputación Provincial de Alicante.

El personal funcionario que haya obtenido un puesto de trabajo por concurso no podrá desempeñar provisionalmente en comisión de servicios otro puesto de trabajo hasta que transcurra un año de permanencia en el mismo, salvo que se de alguno de los supuestos siguientes (art. 114.9 LFPV):

  • Cuando su puesto haya sido amortizado u obtenido como consecuencia de un plan de ordenación de recursos humanos.
  • Cuando haya sido removido o cesado del mismo por alguna de las causas previstas en la LFPV.
  • Cuando se trate del primer destino definitivo obtenido tras la superación de un procedimiento de acceso.

b)     No podrá tomar parte en esta convocatoria el personal funcionario que padezca enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las funciones del puesto cuya provisión temporal se convoca, que haya sido separado del servicio mediante expediente disciplinario de cualquiera de las Administraciones Públicas, que se halle inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas o incurso en alguna de las causas de imposibilidad o incapacidad específicas establecidas en la vigente legislación sobre empleo público, atendiendo específicamente a su situación administrativa.

CUARTA. – MEDIOS DE PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA.

La convocatoria se publicará en el Tablón de Anuncios de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, remitiéndose así mismo a la Junta de Personal.

QUINTA. – PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.

El personal funcionario que reúna los requisitos de participación establecidos en la Convocatoria dispondrá de un plazo de 10 días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación del anuncio en el Tablón de Anuncios, para presentar instancia solicitando participar en el proceso, debiendo acompañar a la misma un “curriculum vitae” sucinto, adjuntando la documentación acreditativa correspondiente, sin que sea preciso aportar aquella documentación que ya obre en el expediente personal del aspirante.

Quienes deseen tomar parte en el proceso selectivo, lo solicitarán mediante el formulario, que estará accesible en la Sede Electrónica de la Excma. Diputación Provincial de Alicante https://diputacionalicante.sedelectronica.es en el apartado Servicios Electrónicos / Empleados y Cargos Públicos / con el nombre PERSONAL. Comisión de servicios para provisión de puestos de trabajo.

A tal efecto, es necesario poseer un certificado digital de firma electrónica, o DNIe.

Para una correcta tramitación puede acceder a la “Guía para la presentación de documentos por empleados a través de la Sede Electrónica de la Diputación” elaborada al efecto y que se encuentra en el apartado de Enlaces de Interés / Ayuda a la Tramitación.

El personal funcionario que tenga la condición legal de persona con discapacidad podrá participar en las convocatorias objeto de estas bases acreditando la misma en la solicitud de participación, al objeto de determinar la compatibilidad de su discapacidad con respecto al desempeño de las tareas y funciones del puesto. Para lo cual, el Departamento de Personal recabará informes tanto del Jefe de Unidad de Desarrollo Organizacional, como del Jefe Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, respecto de la procedencia de su compatibilidad con las funciones del puesto.

Por añadidura, los solicitantes habrán de manifestar, así mismo, que reúnen la totalidad de los requisitos exigidos en la correspondiente convocatoria, referidos a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

En el bien entendido de que todos aquellos méritos que no sean alegados de forma expresa y queden, si procede, acreditados debidamente, no serán tenidos en cuenta en el procedimiento para el correspondiente nombramiento en comisión de servicios.

Serán méritos a computar los contraídos hasta el día de publicación del anuncio de la convocatoria en el Tablón de Anuncios de la Excma. Diputación Provincial de Alicante.

Finalizado el plazo de admisión de instancias o solicitudes, por el órgano competente, se aprobará la lista provisional de los aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública en el Tablón de Anuncios de la Corporación, concediéndose un plazo de 10 días hábiles para reclamaciones. Si las hubiere, a su vista, se dictará resolución aprobando con carácter definitivo las listas de admitidos. En caso contrario, se elevará automáticamente a definitiva la lista provisional.

SEXTA. – EMISIÓN DE INFORME DEL RESPONSABLE ADMINISTRATIVO Y PROPUESTA DE LA CANDIDATURA MÁS IDÓNEA.

El Departamento de Personal, una vez finalizado el plazo de presentación de instancias y efectuada comprobación sobre los requisitos de participación, solicitará informe preceptivo y no vinculante a los responsables administrativo/superior jerárquico de los Departamentos donde se encuentren las vacantes, quienes lo emitirán en el plazo de 10 días naturales.

Dichos informes se emitirán teniendo en cuenta la idoneidad de los candidatos y candidatas en relación con las características del puesto y considerando así mismo los méritos acreditados por aquellos, tales como la experiencia profesional, antigüedad, titulaciones, diplomas, cursos y, en su caso, publicaciones directamente relacionadas con las funciones del puesto correspondiente.

SÉPTIMA. – PROPUESTA EN FAVOR DE LA PERSONA CANDIDATA MÁS IDÓNEA.

El Departamento de Personal, a la vista de los informes remitidos, efectuará propuesta en favor de la persona candidata más idónea para el puesto, que someterá al órgano competente para resolver. Éste último resolverá motivadamente sobre la idoneidad de la misma.

No obstante, podrá declararse desierto el proceso, aun existiendo personal que reúna los requisitos exigidos, si se considera que no hay aspirante que resulte idóneo para el desempeño del puesto.

La duración de las comisiones de servicios y sus eventuales prórrogas se regirán por lo dispuesto en la normativa de aplicación.

OCTAVA. – PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.

En la gestión de este procedimiento, el tratamiento de los datos personales se realizará en el fichero del Servicio de Personal del Área de Recursos Humanos, siendo el órgano administrativo responsable de fichero el propio Servicio.

Tanto el personal administrativo del Servicio de Personal como el correspondiente al Departamento al que esté adscrito el puesto objeto de convocatoria, tendrán el deber de secreto respecto de la información de datos personales a los que tengan acceso en la gestión del procedimiento.

NOVENA. – LEGISLACIÓN SUPLETORIA.

Para lo no previsto en las presentes bases se estará a lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, en la Ley  4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana, en el Decreto 3/2017, de 13 de enero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de selección, provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal de la función pública valenciana y supletoriamente en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado y demás disposiciones aplicables y concordantes así como lo dispuesto en la Instrucción número 1/2019, sobre procedimiento a seguir en el nombramiento en comisión de servicios de los puestos singularizados de la Relación de Puestos de Trabajo de esta Diputación.

DÉCIMA. – RÉGIMEN DE RECURSOS.

El acuerdo por el que se aprueba tanto las bases como la convocatoria pone fin a la vía administrativa, por lo que, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 39/2015, así como de los artículos 8, 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, los interesados pueden interponer uno de los siguientes recursos:

A.- Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que hubiera dictado dicho acto, en el plazo de 1 mes a contar del día siguiente al de su publicación en el Tablón de Anuncios de la Excma. Diputación Provincial de Alicante.

B.- O bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de este orden de Alicante en el plazo de 2 meses a contar del día siguiente al de su publicación en el Tablón de Anuncios de la Excma. Diputación Provincial de Alicante.

Igualmente, contra la resolución de la presidencia, o en su caso, órgano en quien delegue, por la que se resuelva definitivamente el nombramiento en comisión de servicios, podrá interponerse por los interesados los recursos indicados anteriormente, a contar a partir del día siguiente al de su notificación.

Advirtiendo que tales recursos no tienen efecto suspensivo y ello, sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro que estime pertinente.

ANEXO

2 puestos de Supervisor de Planta (Hogar Provincial, RPT 47070.2 y 47070.6):

Administración: Diputación Provincial de Alicante.

Ámbito: Técnico.

Dependencia Jerárquica: Dirección de Área del Hogar Provincial.

Subgrupo: C1 de la Escala de Administración Especial.

Titulación: Formación Profesional FP II, Técnico Superior o equivalente en la familia profesional de Sanidad.

Nivel de Complemento de Destino: 22.

Misión: Coordinar, controlar, ejecutar y gestionar los trabajos auxiliares del personal auxiliar de las plantas destinados al efecto.

Dedicación: L2 – Libre disponibilidad.

Jornada: J2 –Prolongación de jornada.

Complemento Específico Anual: 14.003,04 € brutos, más las adecuaciones previstas en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado que, en su caso, correspondan.

Provisión: Concurso de méritos entre personal funcionario de carrera de esta Diputación Provincial de Alicante, pertenecientes al Subgrupo C1 de la Escala de Administración Especial, según lo previsto en la R.P.T.»»

Lo que se hace público para general conocimiento y de los interesados.

En Alicante, a 21 de julio de 2025.

EL DIRECTOR DE ÁREA

DE RECURSOS HUMANOS

  
LA DIPUTADA DE RECURSOS HUMANOSLA SECRETARIA GENERAL
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