El 2 de julio del pasado año 2025 se publicó en el BOE el acuerdo del Consejo de ministros por el que se aprobaba el incremento del 0’5% de las retribuciones del personal al servicio del sector público con efectos del día 1 de enero del año anterior, que se calculará sobre las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2023.
Igualmente, el pasado día 2 de diciembre de 2025 se aprobó el Real Decreto Ley 14/2025, por el que se establecía el incremento del 2’5% de las retribuciones del personal al servicio del sector público con efectos del día 1 de enero de ese año, que se calculará sobre las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2024.
Tras la última mesa de negociación conjunta y posterior mesa de trabajo, donde se trataron diferentes asuntos, se informa en relación al cobro de atrasos lo siguiente:
La nómina de enero de 2026 ya se abonó con el cálculo correspondiente a dichos incrementos (más el incremento del 1’5% aprobado para el presente año) estando, por tanto, totalmente actualizadas las retribuciones que legalmente nos corresponden y quedando únicamente pendiente el cálculo y abono de los atrasos correspondientes a los incrementos anteriormente citados.
El abono se realizará en dos pagos diferenciados, correspondiendo el primero a los atrasos correspondientes al 0’5% del año 2024 y el segundo correspondiente a los atrasos generados en 2025 correspondientes al 0’5% hasta agosto y del 2’5% de todo el año.
El primer abono está previsto se efectúe durante el período estival y el segundo se prevé también efectuarlo seguidamente con la finalidad de que a fecha 31 de diciembre estemos al corriente en el percibo de todas nuestras retribuciones.
Os mantendremos informados en próximos comunicados de las actuaciones llevadas a cabo.
Asimismo, y respecto de los demás asuntos tratados, se informa de lo siguiente:
1. Calendario Laboral 2026: horario especial de verano
Se acuerdan los criterios para el disfrute del horario especial de verano (del 1 de junio al 30 de septiembre) correspondiente al Calendario Laboral 2026. Dichos criterios serán comunicados mediante circular a la mayor brevedad.
2. Aprobación de los criterios de asignación del complemento de productividad por reducción de absentismo. Ejercicio 2026
Se acuerdan los criterios para la asignación del citado complemento correspondiente al ejercicio 2026, manteniendo los criterios establecidos en ejercicios anteriores.
3. Dar cuenta de conclusiones del informe final elaborado por la Comisión de Seguimiento y Evaluación del I Plan de Igualdad, así como de las actuaciones que se están llevando a cabo en el marco
Se informa a la representación sindical de las conclusiones recogidas en el informe final elaborado por la Comisión de Seguimiento y Evaluación del I Plan de Igualdad. Asimismo, se da cuenta del estado de tramitación del II Plan de Igualdad y de las actuaciones que se están desarrollando en dicho marco.
Junio, 2026
