CIRCULAR 3/21 DIPUTADA RR.HH. HORARIO VERANO

CIRCULAR 3/2021 DE LA DIPUTADA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL Y HACIENDA. HORARIO ESPECIAL VERANO 2021

PORTAL DEL EMPLEADO – NOTICIAS – 1/6/2021 9.11 HORAS

Noticias del Portal de l@s Emplead@s – CIRCULAR 3/2021 DE LA DIPUTADA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL Y HACIENDA. HORARIO ESPECIAL VERANO 2021

De conformidad con lo dispuesto en la Resolución de 28 de febrero de 2019, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos, y de conformidad con el acuerdo adoptado en la Mesa General de Negociación celebrada el día 31 de mayo de 2021 con los representantes sindicales, así como lo dispuesto en la legislación aplicable, se dicta la presente Circular que complementa la de fecha 12 de enero de 2021, para conocimiento y cumplimiento de los empleados de esta Corporación:

PRIMERO: Ampliar el apartado V de la Circular sobre el Calendario Laboral: “V Reducciones de Jornada Laboral”, de fecha 12 de enero de 2021, en el siguiente sentido:  

Se establece durante el período comprendido entre el día 1 de junio y el 30 de septiembre una reducción de jornada de 30 minutos al día efectivamente trabajado, en relación con el horario de trabajo que tienen los funcionarios y el personal laboral fijo e indefinido no fijo. Dicha reducción podrá materializarse bien a la entrada o a la salida del centro de trabajo, sin afectar en ningún caso a la parte principal del horario.  

Dicha reducción no podrá efectuarse en número superior a 56 días hábiles, dentro del período indicado.  

Para el personal sujeto a horarios especiales o turnos, el tiempo anteriormente establecido se disfrutará en función de las necesidades de organización del trabajo y dentro de los límites señalados.  

El citado tiempo de reducción será recuperado en la forma que se determina en el apartado V de la citada circular de fecha 12 de enero de 2021.  

La aplicación de lo contenido en la presente Circular, en ningún caso podrá suponer detrimento en la atención a los ciudadanos, quedando supeditado el disfrute en estos casos a las necesidades del servicio.

SEGUNDO: En todo lo demás, quedará subsistente el calendario laboral para el año 2021, de fecha 12 de enero de 2021.

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Autor: Paco Anton Sanchez

Analista Funcional del Servicio de Informática y Telecomunicaciones de la Diputación de Alicante.