CIRCULAR 2/2021 RR.HH. TRABAJO PRESENCIAL Y TELETRABAJO

CIRCULAR 2/2021 DE LA DIPUTADA DE ADMINISTRACION GENERAL Y HACIENDA. TURNOS DE TRABAJO PRESENCIAL Y TELETRABAJO.

Se dedique a la modalidad de teletrabajo un máximo de un 30% de la jornada de trabajo en cómputo mensual.

Los empleados públicos durante los días que se encuentren de forma presencial, no podrán efectuar el fichaje a través del Portal del Empleado, sino que lo tendrán que efectuar en el reloj de control de fichaje.

El personal comprendido en los apartados B) y C) de la Instrucción del Presidente de fecha 22/05/20 relativos, respectivamente, a empleados públicos pertenecientes a los colectivos definidos por el Ministerio de Sanidad como grupos vulnerables para la COVID-19; y personal que tenga a su cargo hijos, o niños o en acogimiento preadoptivo o permanente, de 13 años o menores de esa edad, o mayores discapacitados, o bien personas mayores dependientes, y sólo en el caso de que se vean afectados por el cierre de centros educativos durante el período lectivo conforme al calendario escolar o de mayores, o acrediten documentalmente circunstancias excepcionales en relación con los citados familiares a cargo, podrán prestar sus servicios mediante la modalidad de Teletrabajo sin que les resulte de aplicación lo establecido en el apartado anterior.

Se considerará teletrabajo todo fichaje de entrada realizado por web en día laborable y antes de las 15’00 h.
Los resultados obtenidos, que se plasmarán en formato Excel, se compartirán con los responsables de control horario de cada Departamento por medio del expediente de Gestiona nº 3479/2021, quienes podrán consultar en todo momento la adecuación de los datos de cronos con el Plan de turnos de trabajo de su Departamento. En caso de discrepancia de los datos compartidos, se comunicará a Personal las correcciones oportunas mediante tarea por Gestiona al Grupo 09e00 de Personal.
En aras a no desvirtuar los datos estadísticos del teletrabajo, se recuerda que el empleado que se encuentre en modalidad presencial no podrá fichar de entrada mediante la terminal web.

Los empleados cuyos puestos se encuentren replicados y estén autorizados para acceder a los recursos, herramientas corporativas, unidades y plataformas necesarias para la realización de sus funciones en la modalidad de teletrabajo, deberán adecuar su conducta, en relación al acceso a los sistemas de información provincial, al deber de confidencialidad y otros deberes del personal en la materia.
La presente Circular sustituye y deja sin efecto la anterior dictada con fecha 9 noviembre de 2020, y surtirá efectos desde el día siguiente al de su firma.

CIRCULAR COMPLETA

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Autor: Paco Anton Sanchez

Analista Funcional del Servicio de Informática y Telecomunicaciones de la Diputación de Alicante.